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Tipo de visado

Una de las ventajas de conocer cuáles son los tipos de visas americanas es que podrá saber la que más se aplica a sus circunstancias actuales.

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La visa es el requisito más importantes para entrar a EE. UU. El propósito de su viaje u otros hechos serán factores influyentes que determinarán el tipo de visa que necesitará bajo la ley de inmigración. Bienvenido (a) esta a un paso de ser parte de la familia de abogados de G-E VISA quienes podrán ayudarle en el proceso de tramitación por una visa. 

Llámenos hoy mismo para evaluar junto a usted cuáles son los tipos de visas americanas para las que podría ser elegible para su visita o estancia en Estados Unidos. Ya sea para una visa de no inmigrante.

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Visas De Turismo Y Negocios

Existen 2 tipos de visados para la categoría de turismo y negocios, estas son:

  • Visa B-1 para los negocios, incluye:

    • Socios comerciales. 

    • Negociación de contratos. 

    • Asistencia científica.

    • Asistencia educativa.

    • Liquidación de patrimonios.

    • Niñeras o empleadas domésticas.

    • Atletas aficionados o profesionales (sólo por competiciones que otorguen premios).

  • Visa B-2 por turismo, tratamientos médicos o por placer, incluye:

    • Turismo.

    • Visitas a familiares o amigos.

    • Tratamiento médico.

    • Actividades sociales o de servicios.

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Visas De Estudiantes

Los extranjeros pueden estudiar en Estados Unidos de manera legal, siempre y cuando sean elegibles para una visa estudiantil. Entre estas se encuentran las siguientes:

  • Visa F-1 para estudiantes extranjeros que se inscriben en un programa de estudios académicos (colegio o universidad). Válida para cualquier nivel de estudios.

  • Visa F-2 dependientes del titular F-1.

  • Visa F-3 para estudiantes académicos nacionales mexicanos o canadienses que tienen que desplazarse periódicamente. El término que se usa en inglés es «commuter».

  • Visa M-1 para los estudiantes que se inscriben en programas vocacionales de corta duración y sin un valor académico.

  • Visa M-2 dependientes del titular M-1.

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Visas De Trabajo

Para trabajar en Estados Unidos de manera legal, se necesita una visa específica según el tipo de trabajo. Esta categoría incluye:

  • Visa EB-1 otorgada a los trabajadores que poseen habilidades extraordinarias y que llegan a ejercer de manera permanente en EE. UU.

  • Visa EB-2 entregada a las personas que practican medicina en zonas marginadas.

  • Visa EB-3 destinada a los trabajadores profesionales que no son elegibles para la visa EB-1 y EB-2.

  • Visa EB-4 para personas que han trabajado en el gobierno de EE. UU. y viudas/viudos extranjeros que han estado casados con un ciudadano americano.

  • Visa EB-5 para el programa de inmigrantes inversionistas.

  • Visa H-1B otorgada a los profesionales con trabajos especializados.

  • Visa H-1B1 para los profesionales del Tratado de Libre Comercio (TLC) de USA-Chile y profesionales de FTA de Singapur.

  • Visa H-2A para empleos temporales en agricultura.

  • Visa H-2B para trabajadores no agrícolas. Por ejemplo:

    • Construcción.

    • Trabajos en jardinería.

    • Limpieza.

  • Visa H-3 a aprendices o visitantes de intercambio con una educación especial.

  • Visa H-1C para enfermeros o enfermeras que viajan por escasez de profesionales en el área de salud.

  • Visa L para trabajadores transferidos a EE. UU. por sus compañías, empresas u organizaciones. Incluye:

    • Visa L-1A trabajadores en posiciones generales o ejecutivas.

    • Visa L-1B trabajadores con conocimientos especializados.

  • Visa O de personas con habilidades extraordinarias en: ciencias, educación. deportes o artes. Incluye:

    • Visa O-1 para personas con dichas habilidades.

    • Visa O-2 para asistentes de los titulares de una visa O-1.

    • Visa O-3 para los dependientes de los titulares de una visa O-1.

  • Visa E-3 dedicada a profesionales australianos con una especialización.

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Visa De Comerciante

Los extranjeros requerirán una visa de comerciante si desean invertir o realizar acuerdos comerciales en EE. UU. esto incluye las siguientes visas:

  • Visas E que incluye a los comerciantes e inversionistas por tratado. Estas son:

    • Visa E-1 de comerciantes por tratado comercial.

    • Visa E-2 de inversionistas por tratado comercial.

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Otras Visas

Otras visas solicitadas para los Estados Unidos son las siguientes:

  • Visa I para empleados de los medios de prensa:

    • Televisión.

    • Radio.

    • Revistas.

    • Periódicos.

    • Reporteros.

    • Editores.

    • Analistas.

    • Presentadores.

    • Traductores.

  • Visa P para artistas, intérpretes o trabajadores de intercambio que realizan alguna presentación musical o teatral. Incluye:

    • P-1 aplica a los atletas individuales o en equipo que son reconocidos de manera internacional.

    • P-2 para artistas que pertenecen a un programa de intercambio.

    • P-3 aplica a los artistas que actúan en programas culturales únicos.

    • P-4 cónyuges o hijos menores de 21 años de edad que acompañan a los titulares P-1, P-2 y/o P-3.

  • Visa Q de intercambio cultural en negocios, escuelas, museos u otro centro cultural.

  • Visa J para visitantes extranjeros de intercambio. Incluyen:

    • Visa J-1 para extranjeros en programas de intercambio en estudios o trabajo.

    • Visa J-2 para hijos menores de 21 años de edad o cónyuge del titular J-1.

  • Visa R para miembros religiosos, tales como:

    • Ministro.

    • Sacerdote.

    • Trabajador de una asociación religiosa. 

  • Visa SB-1 para inmigrantes que tenían una Green Card y no pudieron regresar a tiempo por ciertas circunstancias y perdieron su estatus migratorio. 

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